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La importancia de patentar en las Instituciones de Educación Superior y sus beneficios.

Propiedad Industrial

La importancia de patentar en las Instituciones de Educación Superior y sus beneficios.

Recientemente la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI) publicó un listado de las cincuenta compañías que presentaron más patentes en 2014. No resulta sorprendente que la lista se encuentre encabezada por empresas de Estados Unidos(28.6% del total de presentaciones), Japón (19.7%) y China (11.9%). Sin embargo, se debe destacar que entre los 50 primeros lugares se ubicó una Institución de Educación Superior (IES), la Universidad de California (The University of California System), con 413 solicitudes presentadas, colocándose en el lugar 47 de la mencionada lista.


Se complementa el capítulo de marcas colectivas con la inclusión de las marcas de certificación, señalando su regulación y ámbito de protección, así como ampliando los requisitos de deben contener las reglas de uso para este tipo de marcas.


La OMPI también incluyó una lista orientada a las Universidades que más solicitudes PCT presentaron el año pasado. Como es de suponer, la Universidad de California encabeza la lista y en los siguientes nueve lugares se ubican: Instituto Tecnológico de Massachusetts (234), Sistema de la Universidad de Texas (154), Universidad de Harvard (147), Universidad John Hopkins (135), Universidad de Stanford (113), Universidad de Columbia (112), Instituto Tecnológico de California (103), Universidad de Pensilvania (94) y Universidad Nacional de Seúl (92). Es notoria la predominancia de universidades de Estados Unidos.


Nadie duda del nivel académico de las universidades antes mencionadas, todas figuran en el “Academic Ranking Of World Universities 2014” publicado por la Universidad Jiao Tong de Shanghái de China. La Universidad de California se colocó en el cuarto puesto siendo superada por las Universidades de Harvard, Stanford y el Instituto Tecnológico de Massachussets. La UNAM, por su parte, fue catalogada en el lugar 201-300 y es la única universidad mexicana que aparece.


Indiscutiblemente el nivel académico de las universidades norteamericanas es un factor importante para la generación de patentes; sin embargo, otro factor determinante es la vinculación de las IES con el sistema universidad-empresa-gobierno que se encuentra regulado por el Acta Bayh-Dole desde 1980 La Universidad de California es un claro ejemplo del efecto que dicho sistema ha tenido en el incremento significativo del número de patentes registrado por las IES en Estados Unidos desde la promulgación de dicha Acta.


El Acta Bayh-Dole regula la transferencia de tecnología y conocimientos generados en las Universidades con fondos públicos hacia la industria, de manera que el público en general se beneficia de productos útiles mientras se estimula la economía mediante la fabricación y venta de dichos productos. Se estima que entre 1996-2007 la economía norteamericana se benefició con USD$187 billones derivados de acuerdos de licenciamientos de investigaciones generadas en las universidades. Adicionalmente, la movilización de conocimientos y tecnología desde las Universidades a la industria ha fomentado la creación de “start-ups” (empresas que comercializan nuevas tecnologías).


Algunos ejemplos de invenciones que se originaron en las universidades norteamericanas con fondos financiados con recursos federales son las siguientes:

• Agentes terapéuticos de Cisplatino y Carboplatino, Universidad del Estado de Michigan.

• Suplemento de Calcio, Citracal®, Centro Medico de la Universidad de Texas del Suroeste.

• Neupogen®, medicamento empleado junto con quimioterapia, Instituto de Cáncer del Memorial Sloan Kettering.

• Procesos para insertar ADN en células eucariotas y para producir material proteínico, Universidad de Columbia.

• Tecnología de ADN recombinante, Universidad de Stanford y Universidad de California./span>

• Gotas oftálmicas TRUSOPT® empleadas en glaucoma, Universidad de Florida.


Si bien los críticos del Acta Bayh-Dole cuestionan sus beneficios, argumentando, entre otros, los altos precios de las tecnologías y productos patentados que limitan su acceso al público y la tendencia de los centros de investigación de cambiar la investigación básica (y sus inherentes beneficios) hacia la investigación aplicada, particularmente hacia aquellos campos de mayor interés para las industrias, etc.; es innegable que dicha Acta ha sido determinante para la vinculación de las Universidades-Empresas y Gobierno en las últimas tres décadas, lo que le valió ser denominada en 2002 por The Economist como “posiblemente la pieza legislativa más inspirada promulgada en América en la mitad del medio siglo…”.

En el caso de México, ¿Qué sucede con el quehacer científico? y ¿Cómo se está beneficiando la sociedad de las investigaciones financiadas con fondos públicos? Si bien la Ley de Ciencia y Tecnología (LCyT) establece que los órganos de gobierno de centros públicos de investigación pueden determinar las reglas de operación de los mismos (Artículo 50, fracción V) y pueden decidir sobre la propiedad intelectual que surja de proyectos de investigación (Artículos 51 y 56, fracción XI), el número de patentes presentadas por las IES es aún bajo.

De acuerdo a un comunicado de prensa emitido por el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI) en julio pasado, en el período de 2009 y casi la mitad de 2014, el IMPI recibió 81,733 solicitudes de patentes, de este número entre 89-93% de las solicitudes presentadas correspondieron a empresas, entre 5-6% pertenecieron a inventores independientes y únicamente entre el 3-4% fueron de Universidades e Institutos de Investigación.

En el citado comunicado también se destacó que en el período de estudio el Instituto Tecnológico y de Estudios Superiores de Monterrey presentó 283 solicitudes de patente, la Universidad Nacional autónoma de México 233, la Benemérita Universidad Autónoma de Puebla 98, el Instituto Politécnico Nacional 90, la Universidad Autónoma de Nuevo León 72 y la Universidad Autónoma Metropolitana 51.

Cuando se comparan estos resultados con el número de artículos científicos publicados por las universidades mexicanas se aprecia una enorme diferencia. En 2011, el Foro Consultivo Científico y Tecnológico, AC publicó6 su evaluación de la Producción científica Mexicana en el período de 2003-2009. La UNAM se colocó en la primera posición con 23,132 artículos publicados (en revistas indizadas en cada institución de referencia), en segundo lugar se ubicó el CINVESTAV con 8,041 artículos y en tercer lugar se encontró el IPN con 6,646 publicaciones. El Informe Desempeño en ciencia e innovación del G20, de Thomson Reuters, señaló que la producción científica mexicana creció 65 por ciento en la década pasada, al pasar de poco más de 6 mil publicaciones en 2003 a superar las 10 mil en 2012.

Dichos resultados permiten afirmar indudablemente que las Universidades y Centros de Investigación en México están trabajando en diferentes proyectos de investigación y generando conocimientos que después vierten en divulgaciones científicas. Sin embargo, la disparidad entre las publicaciones científicas y el número de patentes presentadas permiten suponer razonablemente que el conocimiento y tecnologías producidas no están siendo debidamente protegidas mediante patente y, en consecuencia, no llegan a comercializarse ni crean beneficios importantes en la economía nacional.

Es fundamental que las IES fomenten una cultura de protección de su propiedad intelectual entre sus investigadores y, por otra parte, que se creen vínculos efectivos de cooperación con las empresas, pues las IES no cuentan con la infraestructura para comercializar sus tecnologías y, paralelamente, las empresas tampoco disponen del tiempo o los recursos humanos y materiales que demandan las investigaciones, particularmente aquellas en los campos de salud, biotecnológico, desarrollo de nuevos fármacos, etc.

Esta vinculación es también un recurso valioso para que la inversión a IES que realiza el gobierno con recursos públicos favorezca la economía nacional mediante la fabricación y comercialización de productos novedosos y útiles para la población, y al mismo tiempo promueva la creación de nuevas empresas y mejores fuentes de empleo.

Referencias:

http://www.wipo.int/export/sites/www/pressroom/en/documents/pr_2015_774_annexes.pdf#page=1

http://www.wipo.int/export/sites/www/pressroom/en/documents/pr_2015_774_annexes.pdf#page=3

2: Sistema Universitario y no un solo campus.

3 Mowery, David and Sampat, Bhaven. 2004. The Bayh-Dole Act of 1980 and University-Industry Technology Transfer: A Model for Other OECD Governments?

4. Patents, Profits and the American People – The Bayh-Dole Act of 1980.

5.

http://www.impi.gob.mx/QuienesSomos/COMUNICADOSPRENSA/IMPI_026_2014.pdf

6.

http://www.foroconsultivo.org.mx/libros_editados/ranking_por_institucion_2011.pdf



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