Dando seguimiento a nuestra comunicación respecto a posibles cambios en el trámite y mantenimiento, les podemos ahora confirmar que la Ley de Propiedad Industrial será modificada. Una de las enmiendas más relevantes es el plazo de protección de los Diseños Industriales, que cambiará de un término no renovable de 15 años a un término de 25 años, renovable cada cinco años. Como tal, la enmienda al artículo 36 de la LPI ahora leerá como sigue:
Artículo 36.-
El registro de los diseños industriales tendrá una vigencia de cinco años, a partir de la fecha de presentación de la solicitud, renovable por períodos sucesivos de la misma duración hasta un máximo de veinticinco años, sujeto al pago de las tarifas correspondientes, Los registros de diseños •industriales y sus renovaciones serán publicados en la Gaceta.
Artículo 36 BIS.-
La renovación del registro de un diseño industrial deberá solicitarse por el titular dentro de los seis meses anteriores al vencimiento de su vigencia. Sin embargo, el Instituto dará trámite a aquellas solicitudes que se presenten dentro del plazo de gracia al que hace referencia la fracción II del artículo 80 de esta ley.
Dado lo anterior, lo siguiente debe ser notado:
PRIMERO.
Las enmiendas a la LPI entrarán en vigor el día 25 de abril de 2018
SEGUNDO.
Respecto de las solicitudes de diseños industriales en trámite, los solicitantes interesados pueden requerir que el trámite se continúe con base en las recientes enmiendas a la LPI. Los solicitantes tendrán un término que expira el 05 de junio de 2018 para presentar el escrito correspondiente solicitando el cambio.
TERCERO.
Para los registros de Diseños Industriales otorgados con anterioridad a abril 25, 2018, éstos conservarán la vigencia concedida hasta su vencimiento y deberán continuar pagando los quinquenios o anualidades, según sea el caso de acuerdo con las Tarifas correspondientes.
CUARTO.
Los registros de diseños industriales otorgados antes de abril 25 de 2018 podrán renovarse hasta por dos períodos sucesivos de cinco años después de su periodo de vigencia de 15 años, sin que su vigencia exceda veinticinco años contados a partir de la fecha de presentación de la solicitud de registro.
La primera solicitud de renovación deberá presentarse dentro de los seis meses previos al término de la vigencia original de quince años, en los términos previstos en la Ley.
Así pues, para solicitudes de Diseños Industriales y con el fin de obtener un plazo de veinticinco años de protección (en vez de 15 años como es actualmente), les sugerimos nos instruyan a presentar el escrito para solicitar a la Oficina de Patentes que continúe el trámite del Diseño con base en las enmiendas a la ley. El escrito deberá ser presentado antes del 05 de junio de 2018. Por lo tanto, agradecemos sus instrucciones antes del 24 de mayo de 2018.
Con respecto a los Diseños ya otorgados, presentados después del 25 de abril de 2003, recomendamos presentar la solicitud de renovación dentro de los seis meses anteriores a la finalización del plazo original de quince años.
Para Diseños Industriales presentados entre el 25 de abril de 1993 y el 24 de abril de 2003, no es claro si estos diseños serán sujetos a renovación toda vez que ya son del dominio público. Es posible que si solicitamos la renovación el IMPI la negará, y se tendría que litigar la renovación ante la Corte.
Quedamos en contacto para cualquier duda o aclaración.